Prueba de adn

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El TS inadmite la demanda de la hija de Pepe Navarro contra la sentencia firme que declara que es padre biológico del hijo de Yvonne Reyes

El alto tribunal considera que la demandante no está legitimada y precisa que no es posible crear, después de recaída sentencia firme y en la fecha que se considere conveniente, una prueba que pretenda remediar la voluntaria inactividad y falta de colaboración precisamente de la parte a quien dicha sentencia firme fue desfavorable.

El TS inadmite la demanda de la hija de Pepe Navarro contra la sentencia firme que declara que es padre biológico del hijo de Yvonne Reyes

El alto tribunal considera que la demandante no está legitimada y precisa que no es posible crear, después de recaída sentencia firme y en la fecha que se considere conveniente, una prueba que pretenda remediar la voluntaria inactividad y falta de colaboración precisamente de la parte a quien dicha sentencia firme fue desfavorable.  

La investigación mediante ADN: derecho a la intimidad y derecho de defensa

25 de septiembre de 2015 Artículos doctrinales Prueba de ADN

En los años 80 del pasado siglo XX con la posibilidad del cotejo del perfil genético como medio de identificación las técnicas de investigación policial experimentaron una revolución tan radical como cuando, a finales del siglo XIX se abrió paso el uso forense de la lofoscopia. Desde entonces la comparación de los restos biológicos que el autor desconocido ha abandonado en el lugar del crimen con el perfil genético del sospechoso ha servido para resolver graves casos de violación o asesinatos hasta entonces archivados por falta de autor conocido, pero también ha tenido la virtualidad de exculpar a quienes estaban cumpliendo condena por delitos ajenos. La toma de muestra de ADN al detenido y su inclusión en el registro policial requiere el consentimiento de éste o, en su defecto, resolución judicial motivada. Se discute la obligatoriedad para la validez de la prueba de que la manifestación de voluntad del detenido sea un consentimiento, además de informado, prestado con el previo asesoramiento y la asistencia de un abogado.

El fiscal se opone a la realización de un test de ADN al Rey Juan Carlos y reitera que no hay principio de prueba

04 de marzo de 2015 Noticias Paternidad

La Fiscalía del Tribunal Supremo se opone a la realización al Rey Juan Carlos de una prueba de ADN, en un escrito en el que apoya el recurso presentado por los abogados del monarca contra la admisión a trámite de la demanda de paternidad de la ciudadana belga Ingrid Jeanne Sartiau y alega que no es el momento procesal oportuno para realizar esta prueba anticipada.

El TS absuelve a un preso que falleció en prisión tras ser condenado por un delito que no cometió

Una prueba de ADN presentada cuando el preso ya había fallecido concluye que el ADN del condenado no coincidía con el de la muestra tomada en el lugar de los hechos, por lo que, de haberse dispuesto de esa información no habría existido sentencia condenatoria ni siquiera pese a las manifestaciones de la testigo. Con el recurso extraordinario de revisión se trata de sanar situaciones acreditadamente injustas en las que se evidencia, a favor del reo, la inocencia respecto al hecho que sirvió de fundamento a la sentencia condenatoria.

El Tribunal Supremos anula el reconocimiento de una paternidad por existir engaño de la madre

Nulidad de reconocimiento de paternidad de una hija nacida tras haber mantenido una relación sentimental con encuentros esporádicos por vivir en ciudades distintas, que una vez que deciden separarse y tras el transcurso de una discusión, la madre insinúa la posibilidad de que la hija no sea suya, y tras un prueba de ADN se confirma su no paternidad.

El TS absuelve a un preso que falleció en prisión tras ser condenado por un delito que no cometió

Una prueba de ADN presentada cuando el preso ya había fallecido concluye que el ADN del condenado no coincidía con el de la muestra tomada en el lugar de los hechos, por lo que, de haberse dispuesto de esa información no habría existido sentencia condenatoria ni siquiera pese a las manifestaciones de la testigo. Con el recurso extraordinario de revisión se trata de sanar situaciones acreditadamente injustas en las que se evidencia, a favor del reo, la inocencia respecto al hecho que sirvió de fundamento a la sentencia condenatoria.

El Tribunal Supremos anula el reconocimiento de una paternidad por existir engaño de la madre

Nulidad de reconocimiento de paternidad de una hija nacida tras haber mantenido una relación sentimental con encuentros esporádicos por vivir en ciudades distintas, que una vez que deciden separarse y tras el transcurso de una discusión, la madre insinúa la posibilidad de que la hija no sea suya, y tras un prueba de ADN se confirma su no paternidad.

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Una prueba de ADN presentada cuando el preso ya había fallecido concluye que el ADN del condenado no coincidía con el de la muestra tomada en el lugar de los hechos, por lo que, de haberse dispuesto de esa información no habría existido sentencia condenatoria ni siquiera pese a las manifestaciones de la testigo. Con el recurso extraordinario de revisión se trata de sanar situaciones acreditadamente injustas en las que se evidencia, a favor del reo, la inocencia respecto al hecho que sirvió de fundamento a la sentencia condenatoria.

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Nulidad de reconocimiento de paternidad de una hija nacida tras haber mantenido una relación sentimental con encuentros esporádicos por vivir en ciudades distintas, que una vez que deciden separarse y tras el transcurso de una discusión, la madre insinúa la posibilidad de que la hija no sea suya, y tras un prueba de ADN se confirma su no paternidad.

Recogida de muestras biológicas para la obtención de un perfil ADN, desde la perspectiva policial

Las modernas formas de criminalidad demandan que la ciencia se ponga al servicio de la Justicia. Obtener muestras biológicas del sospechoso para determinar su perfil ADN, es un acto de investigación que puede determinar su participación en el hecho punible. La falta de regulación específica exige conocer, de modo pleno y actual, la doctrina y la jurisprudencia, dados los derechos fundamentales que entran en juego.

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